Baese Miss España (1/3)

BASES DE LOS CERTÁMENES NACIONALES DE BELLEZA
DE MISS Y MISTER ESPAÑA
CONVOCADOS Y ORGANIZADOS POR CERTAMEN MISS ESPAÑA, S.L.

En lo sucesivo en este documento, salvo que del contexto se desprenda otra cosa, las expresiones “concurso”, “certamen”, “certamen de belleza” y análogas significarán los concursos de belleza de Miss y/o Mister España, aunque su convocatoria y celebración se realice separadamente, en lugares y épocas diferentes.
Del mismo modo, las expresiones “candidatos”, “participantes”, “ganador”, “interesado” y análogas incluirán ambos géneros, masculino y femenino, para referirse a los candidatos a Mister España y a las concursantes en Miss España, salvo que del contexto se desprenda que se refiere a uno sólo de ellos.
CME significará Certamen Miss España, S.L.

PRIMERA.- El presente documento contiene las bases por las que se rigen los concursos de belleza denominados Miss y Mister España, en los cuales una serie de candidatos concurren y optan a la obtención del citado título, estableciéndose igualmente los títulos secundarios de los citados certámenes, normas de admisión y desarrollo de los concursos, los motivos de descalificación, derechos y obligaciones de los candidatos y del ganador, sistema de elección, constitución y sistema de votación del jurado.
El contenido de las citadas bases viene determinado en gran parte por las normas que rigen los más prestigiosos concursos internacionales de belleza, de los que CME es delegada en exclusiva en España.
Todas aquellas cuestiones y supuestos que se susciten en cualquier fase del concurso y no estén específicamente previstas en estas bases serán decididas y resueltas discrecionalmente por CME.

SEGUNDA.- Los citados certámenes de belleza están organizados por la entidad mercantil CERTAMEN MISS ESPAÑA, S.L., con domicilio en Madrid, Paseo del Rey, nº 10, entresuelo.
CMA es titular de los derechos de propiedad industrial e intelectual necesarios para la convocatoria, organización y celebración de los concursos. Así, es titular además de las marcas de MISS ESPAÑA y MISTER ESPAÑA, de los derechos de marca sobre los signos distintivos formados por las expresiones “miss” y “mister” seguidas de las denominaciones de las provincias y de las comunidades autónomas que integran el territorio nacional
CME convoca la celebración de los concursos nacionales para la elección de MISS ESPAÑA y Primera y Segunda Dama De Honor, así como de MISTER ESPAÑA y sus correspondientes Primer y Segundo Finalista.
Asimismo, CME licencia, en ocasiones, a terceras empresas (”los delegados”) las marcas correspondientes para la organización de los concursos provinciales de elección de la Miss o Mister provincial correspondiente. El ganador queda habilitado para presentar su solicitud de admisión para competir en el Concurso Nacional como representante de la respectiva provincia española. Los delegados asumen la plena responsabilidad en la convocatoria, gestión y organización de los certámenes de belleza provinciales, pudiendo desarrollar dentro del ámbito territorial de las provincias aquellos certámenes locales previos que estimen oportunos. En consecuencia, toda cuestión, discrepancia o divergencia surgida en la celebración de los concursos provinciales o locales previos deberá ser resuelta en el ámbito de la delegación respectiva, resultando CME ajena a toda cuestión al respecto.
De igual modo, CME podrá proceder, por sí o por medio de tercero, a la elección de los candidatos provinciales, que vayan a participar en el certamen nacional, mediante el sistema de casting y sin recurrir a las citadas licencias.

TERCERA.- La participación en el concurso implica el conocimiento y aceptación de las condiciones del certamen que se desarrollan y describen en el presente documento. Un ejemplar de estas bases es entregado a todo participante, sin perjuicio de su publicación en la web oficial de CME (www.miss-espana.com) y de su protocolización notarial.
Del mismo modo, los participantes, por el simple hecho de concurrir al certamen, afirman y garantizan que reúnen las circunstancias y requisitos subjetivos exigidos en estas bases para participar en el mismo, así como que se hallan en condiciones de cumplir con las obligaciones derivadas de su participación, también descritas en este documento.
En el caso de que se produzca una descalificación, por considerar discrecionalmente CME que en el participante ganador descalificado no concurrían los requisitos exigidos en estas bases para su participación o porque se hubiera producido un incumplimiento de cualquiera de las normas u obligaciones establecidas en este documento, la persona descalificada consiente y admite su sustitución en el concurso de MISS/MISTER ESPAÑA por la participante que le siga en el orden de elección, y sin que quepa revisión de la decisión ni indemnización de ningún tipo por razón de la descalificación. Dicha sustitución se producirá automáticamente desde el momento en que CME notifique por burofax a la persona descalificada el hecho que motiva su descalificación. La notificación se entenderá correctamente realizada veinticuatro horas después de su remisión por CME a cualquiera de las direcciones comunicadas por el descalificado a CME en su ficha de admisión, sea o no recibido o retirado el burofax por el concursante.

CUARTA.- El certamen de belleza se desarrolla en el ámbito del territorio español, sin perjuicio de la posibilidad de que su celebración se realice fuera de dicho territorio.
Se reputarán provincias las que establezca CME, que podrá definir como tales no sólo las que coincidan geográficamente con las provincias administrativas españolas, sino, también algunas zonas turísticas o ciudades que, por sí mismas, se consideran constitutivas, a estos efectos, de provincias y que sean designadas para elegir representante propio, independientemente del que represente a la provincia en la que estén enclavadas.

QUINTA.- El certamen nacional de belleza se convoca y celebra periódicamente, añadiendo al respectivo título de Miss o Mister España de cada edición, la identificación del año en el que resulta elegido el ganador. En este sentido, a los efectos de las presentes bases, se entiende por ejercicio o anualidad o año de reinado el período de tiempo que transcurre entre la coronación de un ganador y la coronación del ganador del año consecutivo posterior.

SEXTA.- Los participantes declaran conocer:
1.- Que en el Concurso Nacional de MISTER/MISS ESPAÑA podrán ser elegidos/as por el jurado, además de quien haya de ostentar dicho título, que será el que sea elegido/a en primer lugar, otros/as participantes con el título que, de acuerdo con la clasificación, decida CME. Así, por ejemplo, en el caso del concurso de MISS ESPAÑA podrá ser elegida la Primera Dama de Honor y la Segunda Dama de Honor
2.- Que si alguno/a de los elegidos/as para cualquiera de los títulos ganadores no pudiera ostentarlo y desempeñarlo/a por descalificación, enfermedad o cualquier otra causa, será sustituido/a por quien siga en el orden de elección, éste/a por el/la siguiente y así sucesivamente.
3.- Que sobre la base del carácter, las exigencias y las circunstancias de todo orden de los correspondientes concursos internacionales, CERTAMEN MISS ESPAÑA S.L. se reserva el derecho de designar libremente a cualquiera de los candidatos/as que participen en el Certamen de MISTER/MISS ESPAÑA para que representen a España en los concursos internacionales de los que CERTAMEN MISS ESPAÑA S.L. sea delegada en exclusiva para España y cualquiera que sea el resultado de su clasificación en el concurso nacional.
Quien participe en cada uno de ellos ostentará en él, y únicamente para el concurso de que se trate, el título de MISTER/MISS ESPAÑA, aunque no haya sido el/la elegido/a con tal título en el certamen final de MISTER/MISS ESPAÑA, y en el caso de que resulte ganador/a, ostentará el titulo obtenido en el respectivo concurso, pero no el de MISTER/MISS ESPAÑA, que continuará en poder del/la elegido/a en el concurso nacional.
4.- Que CERTAMEN MISS ESPAÑA S.L. declina toda responsabilidad por los accidentes o lesiones que los/las participantes en el concurso nacional puedan sufrir durante la celebración del mismo, con ocasión del mismo o en los viajes que realicen durante los días de concentración o viajes turísticos promocionales y de celebración del concurso o para acudir o regresar de él.
5.- Que CERTAMEN MISS ESPAÑA S.L es la titular registral de las marcas MISTER/MISS ESPAÑA y demás marcas con la expresión Mister y Miss seguidas de los nombres de las provincias y comunidades autónomas españolas y que el/la solicitante no adquiere ningún derecho para hacer uso, comercial o no, antes, durante o después del concurso, de estos signos distintivos registrados en la Oficina Española de Patentes y Marcas sin el previo consentimiento por escrito de su titular.

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