SÉPTIMA.- Se establecen los siguientes requisitos de admisión de los candidatos al certamen nacional, cuya concurrencia afirma y garantiza todo participante por el mero hecho de solicitar su admisión en el concurso y sin perjuicio de que, en casos particulares, CME pueda exigir al concursante la acreditación documental o por cualquier otro medio de la concurrencia de tales requisitos:
1. Ser legal y morfológicamente hombre o mujer, reservándose CME el derecho a solicitar y obtener del/la participante el correspondiente certificado médico oficial con el que se acredite la concordancia entre el sexo y el tipo de certamen al que se presenta.de idoneidad.
2 Poseer la nacionalidad española y pasaporte expedido por el Estado Español. En el caso de no tener actualmente pasaporte, no concurrir circunstancia obstativa para su tramitación y concesión.
3 No estar ligado por vínculo matrimonial alguno en el momento de su elección, y durante el año siguiente a la celebración del certamen para el caso de ser elegida Miss o Mister España.
4 Comprometerse los candidatos tanto para MISS como para MISTER a estar a disposición del Certamen durante la celebración del mismo y durante el plazo contractual pactado, en el caso de resultar
elegido MISS o MISTER ESPAÑA, al objeto de cumplir con las necesidades y compromisos adquiridos por el CERTAMEN, como consecuencia de la actividad que le es propia al mismo. Para el caso de que el/la participante tuviere algún hijo/hija, o se encontrare en estado de gestación, declara conocer expresamente que no podrá concurrir a los Certámenes Internacionales a que pudiera tener derecho, no podrá acudir a los citados certámenes por no cumplirse los requisitos exigibles para su participación en los mismos, pudiendo CME, designar libremente a la candidata y candidato que participaría en el correspondiente Certamen Internacional en su sustitución.
Para el caso de que el candidato/a no pudiese cumplir con los compromisos profesionales que CME le asignase por tener que atender a sus hijos o por cualquier otra circunstancias, excluida la fuerza mayor, CME dará podrá dar por resuelto el contrato perdiendo todos los derechos que hasta ese momento ostentase la candidata o candidato.
El CERTAMEN se reserva la posibilidad de resolver el contrato para el caso de que siendo requerido por la organización para participar en algún evento comprometido por ésta, el cadidato-a no acudiese a la actividad prevista salvo fuerza mayor inexcusable; procediendo el resarcimiento de los daños y perjuicios que produzca la incomparecencia.
5 No tener una imagen conocida del gran público como consecuencia de ejercer o de haber ejercido las profesiones de modelo, actor/actriz, bailarín/a, cantante, presentador/a o cualquier otra actividad pública o mediática que haya determinado que el público se haya familiarizado con la imagen del concursante. Este requisito viene exigido por la necesidad de que la competición se desarrolle en condiciones de igualdad entre todos los participantes, condición que se vería alterada en el caso de la existencia de una previa notoriedad o fama del participante entre el público.. La simple aparición en algún medio de comunicación o la actuación en algún pase de modelos, sin trascendencia pública generalizada, no será causa del incumplimiento de éste requisito.
6 No haber posado desnudo-desnuda, ni haber posado en top-less, suponiendo dicha actuación descrédito de la imagen del candidato-candidata, o haber realizado actividades relativas a la pornografía.
7 No ser ganador de concurso o certamen de belleza que, bien por su relevancia mediática o por las características del concurso o por cualquier otra actuación análoga a juicio de CME, puedan afectar a la imagen, prestigio, honorabilidad y dignidad de CME, reservándose el derecho CME para aceptar o no al candidato dependiendo de concurso o certamen que haya resultado ganador.
8 No haber participado en el concurso de MISS/MISTER ESPAÑA en ediciones anteriores.
9 No tener parentesco hasta el quinto grado por consanguinidad o afinidad de representante o trabajador o propietario de empresa que organice o gestione certámenes provinciales o nacionales.
10 Ser mayor de 18 años y menor de 27 años antes del 31 de diciembre del año natural anterior al de la celebración del certamen nacional. CME se reserva el derecho a admitir o no admitir a la fase final del certamen, a aquellos concursantes que no cumplan con el requisito de edad. Se hace constar expresamente que en caso de que sean admitidos menores de edad deberán firmar, además del interesado, el representante legal del mismo el contrato de representación con CME.
El motivo de la presente condición no es otro que cumplir con las normas sobre edad que rigen en determinados concursos internacionales. En tales casos, y para participar en el concurso internacional en cuestión, si los candidatos finalistas no cumplen con las exigencias de edad de los concursos internacionales, CME podrá decidir que el elegido ganador o finalista sea sustituido por el que le siga en orden de elección, éste por el siguiente y así sucesivamente, siempre y cuando el participante seleccionado cumpla con todos los requisitos exigidos por los mencionados concursos internacionales.
11 Haber sido elegido/a en un concurso provincial como miss o mister de la provincia correspondiente título, que habilita para presentar la solicitud al certamen nacional, o haber sido elegido/a en un casting con la misma finalidad. Sólo podrán ser admitidos como participantes en el concurso nacional los participantes elegidos en primer lugar en los respectivos concursos provinciales o castings, excepto en el caso de que, por descalificación, enfermedad, abandono o cualquier otra causa, se produzca una vacante que será cubierta por el que le siga en el orden de elección en el concurso provincial o casting, éste por el siguiente y así sucesivamente.
En todo caso, CME se reserva el derecho de admisión o no, así como el de posterior descalificación en cualquier momento de los candidatos-participantes admitidos si se comprueba no ser cierto el cumplimiento de alguno de los requisitos subjetivos necesarios para participar, así como el derecho de admisión en casos excepcionales (como, por ejemplo, de ausencia de un número suficiente de candidatos en determinado territorio provincial) de participantes en quienes no concurran los anteriores requisitos.
12.- Para el caso de que un candidato/a en el certamen provincial resultase elegido/a Mister o Miss, y posteriormente renunciare, ello dará lugar a que no pueda ser admitido-a como candidato en ningún otro Certamen Provincial ni Nacional, tanto por la provincia que fue designado como por cualquier otra. Igualmente los candidatos/as, para el caso de ser elegidos Miss/Mister, Primera Dama/Primer Finalista, Segunda Dama/Segundo Finalista, no podrán presentarse a ninguna Gala Provincial, que se celebre en la misma edición.
OCTAVA.- Todo participante admitido en el concurso nacional tiene derecho:
A) A concurrir en igualdad de condiciones que sus competidores en todos los actos en que consista la celebración del concurso, sin que quepa ningún tipo de discriminación por razón de talla, medidas, peso o condición fisica.
B) A que en el caso de que CME así lo exija al Delegado Provincial, éste le proporcione, sin cargo alguno para el participante:
1) Un billete de ida y vuelta al lugar en que se celebre el concurso nacional, o en su caso, al punto de reunión de la concentración de participantes. Certamen Miss España, S.L., declina toda responsabilidad por cualquier accidente o lesión que se pudiera producir en el transcurso de los viajes de ida y vuelta al lugar indicado.
2) una pequeña cantidad en concepto de dinero de bolsillo para atender a los gastos personales que se produzcan durante el viaje y la celebración del concurso (consumiciones extras, sellos, llamadas telefónicas, telegramas, tintorería, etc).
3) En el caso de las misses, un traje largo de noche y zapatos a juego, para la gala final de MISS ESPAÑA y un traje para asistir a cenas y actos de elevado tono social. En el caso de los misters, un traje para desfilar en la gala final de elección de MISTER ESPAÑA y zapatos a juego, así como un traje para asistir a cenas y actos de elevado tono social
4) Un regalo típico de la provincia que represente para ser entregado a la autoridad de la ciudad en el que se celebre el concurso nacional y que indique Certamen Miss España, S.L.
D) A participar, en el caso de alcanzar el título de MISTER /MISS ESPAÑA o cualquier otro título que se conceda, y siempre que sea requerido al efecto por CERTAMEN MISS ESPAÑA S.L., en cualquiera de los concursos internacionales de los que CERTAMEN MISS ESPAÑA S.L. es delegada en exclusiva para España.
E) A que, caso de que sea elegido /a MISTER /MISS ESPAÑA, CERTAMEN MISS ESPAÑA S.L. sufrague los gastos de viaje de ida y vuelta y estancia para coronar a quien resulte ser sucesor /a en el próximo concurso.
F) A ostentar con dignidad, hasta la fecha de sucesión, el título que hubiera obtenido en el concurso regional y/o nacional.
NOVENA.- Todo participante en el certamen nacional se obliga:
1 A acatar y cumplir las normas consignadas en las presentes bases, así como las instrucciones recibidas de CME, por medio de las personas colaboradoras o representantes de la misma.
2 A tomar parte en todos los actos, desfiles, pasarelas, coreografías, etc. en que consista la celebración del concurso, sometiéndose al programa, calendario y horarios aprobados al efecto, así como a acudir al lugar de celebración del certamen que determine CME y a estar completamente disponible para todos los actos y ensayos para los que se le requiera durante los días que dura la concentración para el certamen de MISTER/MISS ESPAÑA. La negativa a participar en tales actos, así como el abandono de la concentración sin causa suficiente y justificada a juicio de CME supondrá la aplicación de una penalización de dieciocho mil euros que será abonada por el participante incumplidor a CME. La aplicación de dicha penalización viene exigida por los cuantiosos daños y perjuicios que un incumplimiento de tal naturaleza supondría para el desarrollo de un concurso, en el que se realizan múltiples ensayos en el que participa un numeroso equipo de personas con el fin de que la celebración del certamen constituya asimismo un espectáculo digno de ser retransmitido por televisión.
3 A no abandonar, mientras duren los actos en que consista la celebración del concurso, el grupo de organizadores o de sus delegados o representantes, ni aceptar, sin conocimiento y expresa autorización de los mismos, ninguna clase de invitaciones (paseos, bailes, espectáculos, etc.) por razones de seguridad y organizativas. La misma penalización prevista en el apartado anterior será aplicable en caso de producirse el abandono aquí previsto. así como a no realizar manifestaciones públicas que puedan perjudicar directamente y supongan un descrédito o menosprecio a los certámenes de belleza en general y a los certamenes organizados por el CME, o en los que éste participe. En caso de contravención será responsable de los daños y perjuicios causados.
4 A permitir, mientras dure la participación en el concurso, que sea filmado/a y que se le tomen cuantas imágenes, ajustadas a las normas de la moralidad que rigen la celebración del mismo, acuerde CME con fines de información y publicidad del concurso o de promoción de Certamen Miss España S.L., así como que se difundan tales imágenes sin límite en el tiempo o en el espacio por cualquier medio de comunicación, sin remuneración adicional alguna. En este sentido el /la solicitante manifiesta que posee todos los derechos, incluido en su caso de propiedad industrial e intelectual relativos a su imagen, voz y nombre y garantiza a Certamen Miss España S.L. el uso pacífico de las mismas.
5 A comparecer, de forma gratuita, en los programas de televisión o eventos que CME convenga con la cadena de televisión, que en su caso, retransmita la Gala Final del certamen o aquellos otros compromisos promocionales que CERTAMEN MISS ESPAÑA S.L. determine.
6 A no permitir, durante el tiempo que medie entre la elección provincial y el de la presentación al concurso nacional de elección de MISTER /MISS ESPAÑA que le sean tomadas imágenes con finalidad comercial o publicitaria, ni que, sin consentimiento y autorización de la organización del concurso, sean publicadas imágenes del participante con finalidad comercial o publicitaria, aunque hubiesen sido tomadas anteriormente.
7 A firmar un contrato de representación con CME, obligándose a no celebrar ningún otro contrato o convenio ni contraer compromisos de tipo publicitario directo o indirecto, ni hacer ninguna declaración de elogio de ningún producto o servicio o cualquier otra que pueda ser utilizada con fines publicitarios. La presente condición es requisito esencial para poder acceder al Concurso Nacional.
8 A aceptar el fallo, definitivo e inapelable, del Jurado del concurso.
9 En el caso de que Certamen Miss España S.L. provea de determinadas prendas u otro tipo de objetos de patrocinadores a los/as solicitantes admitidos/as, éstos/as se obligan a utilizarlas en el marco de las instrucciones dadas por CME. Asimismo, prestarán toda la colaboración que les sea requerida en orden a la promoción de los patrocinadores de los concursos. Los concursantes conocen que dichas prendas pueden ser idénticas o diferentes para todos los concursantes. Asimismo, el/la concursante acepta que el estilismo, maquillaje y peinado sean decididos por Certamen Miss España S.L.
10 A no realizar, directa o indirectamente, como persona privada o como ganador del título de que se trate, manifestaciones o declaraciones denigratorias sobre su participación o la del resto de participantes o sobre Certamen Miss España S.L. Esta obligación permanecerá en vigor indefinidamente el/la solicitante admitido/a evitará toda conducta negativa o contraria al espíritu de competición, así como palabras o expresiones agresivas con el resto de participantes y miembros de la organización, respetando las reglas básicas de cortesía, compañerismo, honradez y honestidad necesarias para la vida en común.
11 A aceptar que si, por razón de descalificación, enfermedad, abandono o cualquiera otra causa, el ganador del concurso provincial o el designado mediante casting no pudiera acudir al nacional, le sustituya el que le siga en orden de elección, éste por el siguiente y así sucesivamente.
12 A sufragar por su cuenta los gastos personales que tenga durante los días de celebración del concurso.
13 A comportarse con absoluta corrección y entera responsabilidad durante el tiempo que dure el concurso y la concentración, evitando realizar en público aquellos actos o comportamientos que por su falta de decoro o elegancia puedan trasladar una imagen negativa del certamen o significar un mal ejemplo para jóvenes o adolescentes.
14 A regresar a su domicilio, el día, por el itinerario y en los medios de transporte acordados por CME.
15 A garantizar que no tiene concertado con terceros cualquier tipo de contrato por el que se haya comprometido a ceder su imagen o la representación de sus derechos de imagen para prestar sus servicios en los campos de la publicidad, fotografía, cine, televisión, pasarela o relaciones públicas, ya sea para asistir personalmente a cualquier tipo de evento, ya sea para la explotación de los derechos de imagen a través de cualquier medio de comunicación y en cualquier modalidad técnica de emisión, incluido Internet, el cual sería incompatible con su participación en el concurso y/o con el otorgamiento y pacífica ejecución del contrato de representación con CME.
En su caso, el participante deberá comunicar por escrito, con anterioridad a la firma de la solicitud de admisión al concurso y del contrato de representación, a CERTAMEN MISS ESPAÑA S.L. el hecho de que el/la participante tenga concertado con terceros cualquier tipo de contrato de los señalados en el párrafo anterior.
En caso de incumplimiento de la presente condición, esto es, de existencia de ese contrato anterior, haya sido o no ocultado a CME, ésta tendrá la facultad de descalificar y desposeer al/la solicitante del titulo provincial o nacional obtenido y/o a dar por resuelto, en su caso, el contrato de representación o bien a negociar, prestando en este momento el/la solicitante su aprobación, cualquier transacción con los terceros con los que el solicitante tenga suscrito contratos. El coste y cuantía de la transacción será satisfecho en todo caso por el participante incumplidor.
En cualquier caso, y especialmente en caso de que la anterior transacción no pudiera llevarse a cabo y dada la imposibilidad de compatibilizar la existencia de tal contrato anterior con el contrato de representación con CME, el incumplimiento de esta obligación supondrá la aplicación de una cláusula penal de 100.000€ que deberá ser satisfecha por el participante incumplidor a CME. la aplicación de esta penalización será adicional a la reclamación de CME dirigida a este participante de todos los daños y perjuicios, directos o indirectos, que se le hubieren irrogado como consecuencia del incumplimiento.
16 A ostentar y llevar con dignidad, hasta la fecha del siguiente concurso nacional, el título que hubiera obtenido en el concurso y a renunciar automáticamente al mismo, o subsidiariamente aceptar su descalificación, , en el supuesto de que incumpliese cualquiera de sus obligaciones contraídas.
17 A participar en todos aquellos Concursos Internacionales a los que, por indicación de CME, deba acudir en representación de España, aceptando, asumiendo y cumpliendo con todas las obligaciones establecidas por los propios organizadores de tales concursos.
18 A no celebrar con terceros contratos, compromiso o convenio relacionados con actividades que se le propongan o gestionen en su nombre por razón del titulo que obtuviese, sin que, previamente, haya recabado y obtenido de CME la correspondiente autorización por escrito.
19 A estar a disposición de CME por si tanto ésta como los patrocinadores del concurso nacional necesitasen de sus servicios en los campos de la publicidad, fotografía o de las relaciones públicas, , disponibilidad que se extenderá a los 30 días siguientes al de la celebración del concurso y que determinará la recíproca obligación de CERTAMEN MISS ESPAÑA S.L., de correr con los gastos de alojamiento, comida y transporte, así como abonarle una gratificación en concepto de dietas y gastos de representación, cuya cuantía se acordará en su momento.
20 A celebrar con terceros, los contratos, compromisos y convenios que por razón del título conseguido en el Concurso Provincial o en el casting correspondiente o del título que consiguiese en el concurso nacional, gestionase en su favor CME, quien velará para que las obligaciones contenidas en los mismos no lleven aparejadas perjuicios morales o materiales para el participante.
21 A autorizar el uso de forma gratuita, de su imagen con la extensión necesaria para que CERTAMEN MISS ESPAÑA S.L., por sí o por medio del tercero que designe, explote comercialmente las páginas web oficiales de CERTAMEN MISS ESPAÑA S.L., así como a realizar una fotografía oficial con todos /as los /as candidatos al titulo de MISTER /MISS ESPAÑA y una individual en traje de baño para las referidas paginas web, así como a permitir que en dichas páginas aparezca toda la información y material gráfico que sobre su persona posea o le facilite a CERTAMEN MISS ESPAÑA S.L., siempre que la misma no sea contraria a la ética que rige los concursos.
También, y en virtud de lo expuesto, desde el momento de la firma de la solicitud de admisión al concurso, y para el caso que el participante fuera titular de algún dominio en Internet con su nombre o de alguna página web o hubiera autorizado a un tercero a tal efecto, cederá todos los derechos de explotación a favor de CERTAMEN MISS ESPAÑA S.L. incluyendo la facultad de anulación, modificación, ampliación o reducción del contenido de la página web y del dominio, así como de enlazarla, por medio de “Links”, con otras páginas que estime convenientes.
DÉCIMA.- El candidato que resulte ganador se obliga:
1 A ostentar y llevar con dignidad, hasta la fecha del siguiente concurso nacional, el título correspondiente y a renunciar automáticamente al mismo, o subsidiariamente aceptar su sustitución, en el supuesto de que contrajera matrimonio o quedara en estado de gestación antes de la indicada fecha.
2 A no acudir en el futuro como participante, a ningún concurso de belleza o de naturaleza análoga que se celebre dentro o fuera de España, salvo que exista autorización escrita de CME, en cuyo caso se le indicará el concurso y los límites de su participación o actuación en él.
3 A viajar al lugar en que se celebre el siguiente concurso para coronar a su sucesor.
4 A comunicar y recabar de CME, la oportuna autorización escrita para realizar desplazamientos dentro de España o el extranjero durante el tiempo que ostente el título.
5 A suscribir contrato de representación con CME por el período de tres años, así como todos aquellos contratos, compromisos y convenios que por razón del título obtenido, gestionase en su favor CME o la empresa por la misma autorizada.
6 A comparecer, de forma gratuita y en calidad de Miss/Mister España, a todos los programas de televisión o eventos o compromisos con esponsors o patrocinadores que CME convenga con la cadena de televisión que retransmita la Gala Final o cualquier otra o con las distintas empresas públicas o privadas que participen y colaboren con CME.
7 A que, caso de establecerse un premio en metálico por el mero hecho de resultar ganador, el referido premio sea hecho efectivo, una vez deducidos los impuestos vigentes, en dos plazos: el cincuenta por ciento del mismo en el plazo de 90 días, a contar desde el día de la elección y el restante cincuenta por ciento, el día de la proclamación del sucesor del año siguiente, siempre y cuando el participante haya cumplido con todos los compromisos que adquiere en virtud del presente documento y del contrato de representación con CME.